Son órganos de gobierno, consultivos y de administración de la Asociación: la Asamblea General, La Junta Rectora, y el Comité Ejecutivo
Es el órgano soberano de la Asociación y sus acuerdos válidamente adoptados conforme a la Ley y a los Estatutos, son obligatorios para todos los Asociados.
La Asamblea General se compondrá de la totalidad de los Asociados de pleno derecho, adheridos y colaboradores, por sí mismos o representados mediante delegación escrita. Cada Asociado estará representado por una o más personas físicas en función de la cuota de sostenimiento asignada, de acuerdo con los criterios básicos que, a propuesta de la Junta Rectora, apruebe la Asamblea General.
Es el órgano de gobierno y administración de la Asociación, sin perjuicio de las facultades de la Asamblea General y de las propias del Comité Ejecutivo y del Presidente, Vicepresidentes y Tesorero. La Junta Rectora estará integrada por: El Presidente, los Vicepresidentes y Tesorero y los Vocales designados por cada asociación, en función de la cuota de sostenimiento en cada caso satisfecha por su pertenencia a la Asociación.
El Comité Ejecutivo estará integrado por el Presidente y los Vicepresidentes, hasta un máximo de cinco, que se integrarán en una candidatura conjunta. Uno de los Vicepresidentes asumirá la función de Tesorero. Y por los vocales, que en número de 7 serán elegidos libremente por la Junta Rectora, sin limitarse a tener en cuenta la aportación económica de la provincia que presente su candidatura y procurando no elegir más de un miembro de cada Comunidad Autónoma, sin que el Presidente compute a este efecto. Uno de los vocales actuará como Secretario de todos los órganos colegiados.
Presidente
Secretario General
Vicepresidente 1º
Vicepresidente 2º
Vicepresidente 3º y Tesorero
Vicepresidente 4ª
Vicepresidente 5º